Política Internacional

Esperpento normativo

Leonardo Guzmán

Tras revueltas e incendios, el gobierno de Piñera acordó reformar la Constitución de Chile.

Para la Asamblea Constituyente, ganaron los candidatos que presentó la izquierda, más variopinta que nunca.

Después, en los comicios presidenciales ganó Boric, también de izquierda, pero apenas asumido ya está teniendo que llamar a la legalidad y la cordura a la parte extrema de los mismos que lo votaron hace medio año.

Todo eso se sabe, por lo menos en titulares.

En cambio, no ha tenido la repercusión que merece el articulado de la Constitución a plebiscitarse en setiembre.

Mezclando normas e intenciones, haciendo un cóctel de principios con aspiraciones y modas ideológicas, el texto proyectado -que puede buscarse en la edición internacional de El Mercurio- es un himno al relativismo y la deconstrucción.

Reza el artículo 4º: “Chile es un Estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado.”

“Son pueblos y naciones indígenas preexistentes los Mapuche, Aymara, Rapa Nui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan, Selk’nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley.” (¡¿?!

Es un experimento de derogar la unidad nacional por vía de Constitución. Que no se queda en eso, puesto que el artículo 5 establece: “Los pueblos y naciones indígenas preexistentes y sus miembros, en virtud de su libre determinación, tienen derecho al pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales. En especial, tienen derecho a la autonomía y al autogobierno, a su propia cultura, a la identidad y cosmovisión, al patrimonio y la lengua, al reconocimiento de sus tierras, territorios, la protección del territorio marítimo, de la naturaleza en su dimensión material e inmaterial y al especial vínculo que mantienen con estos, a la cooperación e integración, al reconocimiento de sus instituciones, jurisdicciones y autoridades propias o tradicionales y a participar plenamente, si así lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.”

Suprime el Senado. Consagra un régimen unicameral con un llamado “Congreso de Diputadas y Diputados”, que por el artículo 60 tendrá “escaños reservados para los pueblos y naciones indígenas en los órganos colegiados de representación popular a nivel nacional, regional y local”, para los cuales -artículo 61- sólo podrán votar “los ciudadanos y ciudadanas que pertenezcan a dichos pueblos y naciones y que formen parte de un registro especial denominado Registro Electoral Indígena, que administrará el Servicio Electoral”.

En síntesis: es toda una osadía jurídica, que no se enteró de que el constitucionalismo moderno se funda en la igualdad de los ciudadanos por encima de su origen, raza o religión, que ignora que la cultura es la apertura a lo universal y no el recocinarse de cada grupo en su propia salsa y que, a pretexto de sociología historicista, le llama progreso a restablecer estamentos y corporaciones medievales.

Al país cuyo Derecho fundaron pensadores de la talla de un Portales -redactor de la primera Constitución- y de Andrés Bello -codificador civil y gramático insigne- lo atropelló la tilinguería.

Ojalá en setiembre se entierre este esperpento.

Pero pase lo que pase, semejante engendro nos enseña cuán fácil es derribar un edificio económico que parece sólido, cuando se descuida la cultura, se vacían de filosofía los partidos y se suprime el fervor cívico-jurídico.

Ergo: barbas en remojo.

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