Permiso por puntos
de la gran herramienta al posible fracaso
Pablo Caffarelli
Con fecha 2 de setiembre de 2025 se firmó el Decreto 181/2025 por parte de la Presidencia de la República que crea el “Permiso Nacional de Conducir por Puntos”, lo cual es, en potencia, una tremenda herramienta para regular la seguridad vial nacional. Pero, a su vez, representa un inmenso desafío por varios temas a los que las autoridades y otras instituciones asociadas deberán prestar gran atención.
En primer lugar, me gustaría referirme a algunos errores que padeció el decreto, empezando en sus considerandos. Por ejemplo, en el Considerando I) se establece:
“I) que la creación del referido Sistema coordinado requiere un conjunto de normas y capaces de regular toda su gestión administrativa, el otorgamiento y quita de los puntos a cada conductor, categorización, requisitos de admisibilidad, protocolos médicos aplicables, tipo de exámenes teóricos y prácticos exigibles, más un Programa de Recuperación de Puntos (PRP), para quienes infrinjan las normas y se cancele o suspenda temporalmente su permiso de conducir;” (los subrayados me pertenecen).
En los subrayados se pueden ver todas cuestiones que el Decreto no reglamentó pero que anuncia que lo hará:
A) Un conjunto de normas capaces de regular toda su gestión administrativa. Lo que serían las condiciones de acceso a un PUNC: dónde se otorgan, los requisitos de cada categoría, costo del trámite y un gran número de etcéteras. Esa información la podemos encontrar en el Texto Ordenado Permiso Único Nacional de Conducir (PUNC) (del Congreso de Intendentes), pero no en este reciente decreto. En mi opinión personal hubiera sido bueno que estuviera.
B) Categorización, requisitos de admisibilidad, protocolos médicos aplicables, tipo de exámenes teóricos y prácticos exigibles. Aquí sigue hablando de todas las cuestiones de los permisos contenidas en el Texto Ordenado mencionado, pero que en este decreto no se atendieron: categorías de permisos, requisitos, exámenes médicos y protocolos exigibles, pruebas teóricas y prácticas para acceder a un PUNC.
C) Un Programa de Recuperación de Puntos (PRP). El programa se define, pero no se desarrolla. ¿Dónde se harán los cursos del programa? Dice que puede ser “presencial o a distancia” y que todo se coordinará entre la UNASEV y el Congreso de Intendentes. Vale decir que el comienzo del permiso por puntos depende de este sistema de recuperación de puntos, de lo contrario no podrá comenzar. En mi visión personal, reglamentar para decir que algo se definirá más adelante no parece ser una forma seria de gobernar y, lo que es peor, no da garantías al ciudadano ni ofrece reglas claras. Ni que hablar de cuando se dice que se reglamentan cuestiones que luego ni aparecen en el documento…
Ahora bien, saliendo de las formalidades, como decíamos al inicio, el permiso por puntos es una herramienta de enorme potencial para mejorar la seguridad vial. Pero ¿actúa por sí sola? Para nada. Requiere la compañía, hombro con hombro, de una fiscalización férrea, tanto electrónica (radares, sensores) como por parte de los cuerpos inspectivos de las distintas instituciones (Intendencias, Ministerio del Interior y Ministerio de Transporte). Sin una fiscalización fuerte, seria, eficaz y efectiva, el permiso por puntos no será de gran ayuda, sino más bien una simple expresión de deseo.
Por lo tanto, allí aparece el primer escollo: llevará una ardua tarea de coordinación con las diferentes instituciones con potestades de fiscalización para llegar a ese nivel necesario a la hora de lanzar el sistema.
Lo segundo es lo ya dicho: el sistema de recuperación de puntos. Para iniciar el sistema debe estar definido y ser confiable, funcional y de una operativa sencilla para el usuario. Hoy aún no tenemos nada: ni siquiera sabemos dónde se impartirá, si tendrá costo para el usuario, la duración del curso… nada.
Lo tercero es el sistema informático robusto y confiable que tenga la lista actualizada de infracciones por vehículo y, ahora también, por conductor, para poder reflejar los saldos de puntos. Inhabilitar permisos, saber cuándo quedan nuevamente habilitados… esa será, justamente, la herramienta fundamental para aquellos fiscalizadores férreos que necesitamos y que, sin esta información, no tienen nada que poder hacer. Quiere decir que los desafíos son grandes y en varios frentes.
Por lo tanto, personalmente, creo que el plazo de un año que estiman las autoridades de la UNASEV para aplicar el sistema parece muy corto para lograrlo con la seriedad debida y para que no resulte en un fracaso rotundo. Habrá que seguir el tema para observar cómo termina esta gran iniciativa, de una herramienta que puede ser muy buena y poderosa, pero que también, puede ser como “una fina porcelana francesa en las pezuñas de un toro cimarrón” (como José Pedro Barrán definió a la primera Constitución del Uruguay de 1830).