Retiro jubilatorio a los sesenta años

noviembre 1, 2026

Marcelo Gioscia

Desde la aprobación de la reforma jubilatoria promovida por el gobierno anterior, consagrada en Ley 20.130, el partido del actual gobierno y su brazo sindical y organizaciones sociales afines, impulsaron una consulta popular para dejar sin efecto esa disposición legal.

Habiendo resultado negativa la iniciativa (ya que el Cuerpo Electoral ratificó la permanencia y vigencia de dicha reforma) inmediatamente, luego de alcanzado nuevamente el poder, han buscado por todos los medios instalar un debate (al que denominaron “diálogo social”) tendiente a hacerle modificaciones a la legislación vigente en la materia.

El atento lector, así como la mayoría de los ciudadanos que ratificaron la norma, tendrán presente que de no haberse impulsado dicha reforma de la seguridad social, no se hubiera salvado el régimen previsional ni garantizado el pago de las jubilaciones y pensiones a quienes habían generado el derecho a percibirlas.

En pocos días, el Parlamento habrá de comenzar el estudio y tratamiento del proyecto de ley elevado por el Poder Ejecutivo, en el que, en consonancia con su brazo sindical, pretende introducir modificaciones a la normativa vigente. Paradojalmente y casi a contracorriente de todo el derecho comparado en esta materia, en que se ha incrementado la edad de retiro de los trabajadores, se busca consagrar la posibilidad de una jubilación a los sesenta años, que fue el sonsonete repetido una y otra vez en las campañas previas al plebiscito donde la ciudadanía confirmó la ley vigente.

Tal vez esta iniciativa pueda ser útil a un pequeño grupo de trabajadores, pero huele más a una propuesta de tipo demagógico y hasta populista, que, a juicio de la oposición, no calibra el riesgo que conllevaría su aprobación. Argumentan los que promueven esta modificación que se “generan derechos y la libertad”, cuando, a decir verdad, aunque resulte dura: lo que se obtendrá es una pobre retribución que cargará más el sistema de prestaciones.

A nadie escapa la necesidad de incrementar el número de cotizantes a un organismo previsional que requiere de ingentes recursos del gobierno central para poder cumplir con sus obligaciones, como tampoco parece importarles el muy alto porcentaje de informalidad que se padece en nuestro país, en el que muchos trabajadores pretenden eludir sus obligaciones previsionales.

Y esta baja de edad que se promueve, por un retiro anticipado en aras de una pretendida “libertad”, no tiene en cuenta esos aspectos, que no son menores, a mi leal entender.

Entiendo que quienes opten por esa modificación esgrimiendo “su derecho”, así como su “libertad de elegir”, pretendan asegurarse un ingreso que, aunque magro, les resulte seguro…y necesariamente habrán de completar su presupuesto, desarrollando actividades sin realizar aportes.

Hasta dónde podrá celebrarse entonces, la consagración de esa pretendida “libertad”.

Cabe preguntarse cuál es la real motivación que encubre el apuro a modificar lo que fue ratificado por la voluntad del soberano en esta materia tan sensible.

 

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