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La información en los sótanos del Estado

Asociación Uruguaya de Archivólogos compareció ante el Parlamento por la ley de acceso d ela información pública revelando entretelones del concepto “información” que lindan con los de la libertad. Asistieron las licenciadas Stella Infante Rosso y Beatriz Muiño y al licenciado Emiliano Patetta; y, por la Asociación Uruguaya de Bibliotecólogos, a la licenciada Mabel Seroubian.

SEÑORA INFANTE (Stella).- Antes que nada, quiero agradecer esta oportunidad de que podamos exponer nuestro parecer con referencia a este proyecto modificativo de la Ley N° 18.381. Nosotros, como colectivo, venimos trabajando ya hace mucho tiempo, en conjunto con la Unidad de Acceso a la Información Pública, con Agesic, con el Archivo General de la Nación; incluso Beatriz participó de la redacción del primer proyecto de esta Ley desde Cainfo. Y la Asociación también ha seguido trabajando en impulsar otras herramientas legales para poder profundizar la aplicación de esta y otras normas concordantes. Por ejemplo, en el año 2019, logramos la promulgación de la Ley N° 19.768, que reconoce la condición profesional de los archivólogos y archivólogas del Uruguay. En ese aspecto, estuvimos compartiendo este proyecto y también algunas opiniones como colectivo. Respecto al artículo 1º no tenemos mayores comentarios que expresar que entendemos que es muy acertado incluir estos principios en la Ley, porque entendemos que promueven una mejor comprensión de la misma; estos principios, que estaban en el decreto reglamentario, pasarían a la Ley. Luego, respecto al artículo 2º, donde se incluyen algunos sujetos obligados más que los que ya estaban explicitados en la Ley, también entendemos que es muy positivo, porque todo organismo o institución que maneja fondos públicos tiene que brindar transparencia. Por tanto, deberían estar comprendidos en la Ley de Acceso a la Información Pública. Con relación a la modificación de los artículos 9º y 10 de la Ley respecto a la clasificación de información reservada y confidencial, ahí sí tenemos algunas observaciones. Entendemos que el hecho de que un organismo deba previamente tener un informe favorable de la Unidad de Acceso a la Información Pública obstaculiza un poco la celeridad de los trámites y, en muchos casos, no podría darse un acceso rápido y oportuno esperando un informe de un tercero; incluso la UAIP, obviamente, tampoco conoce los asuntos de cada institución. En muchos casos tendría que pedir más información para poder dar una resolución. En fin, entendemos que no da celeridad al trámite y, hoy por hoy, la Ley N° 19.178 tiene incorporado un artículo que expresa que cuando un organismo clasifica información tiene cinco días para enviar a la UAIP esa resolución con los antecedentes para que esta estudie si fue correcta esa clasificación. Entonces, entendemos que por ahí el control desde la UAIP estaría hecho y, en todo caso, ahí se le encomienda también que si encuentra una discordancia en esa clasificación, puede solicitar al organismo una modificación de dicha resolución o incluso la desclasificación de esa información. Luego, respecto al artículo 5º, sobre la inexistencia de la información, entendemos que es el que más nos compete como profesionales de la información, porque partimos de la premisa de que sin archivos organizados, no hay acceso posible: si no sabemos – 2 – qué tenemos, dónde lo tenemos, cómo lo tenemos, ¿cómo vamos a dar acceso a ello? En ese aspecto es que estuvimos trabajando en la ley que hoy les mencionaba, del reconocimiento al carácter profesional del archivólogo, justamente, buscando dar cumplimiento a estos preceptos que se mencionan tanto en la Ley de Acceso a la Información Pública, como en la Ley del Sistema Nacional de Archivos, Ley N° 18220 e, incluso, en la Ley de Protección de Datos Personales; se habla en todas ellas del deber de los sujetos obligados de tener sus archivos organizados. En la Ley de Protección de Datos Personales se habla de mantener los registros. Con diferentes nomenclaturas, todas hacen referencia, justamente, a tener un control sobre la información, los documentos de archivo que las instituciones generan en el ejercicio de sus funciones; por lo tanto, son el testimonio directo de su accionar y es con lo que van a hacer rendición de cuentas, van a brindar transparencia y, a su vez, la participación de los ciudadanos, ¿no?, que son los tres pilares del gobierno abierto. Y también hemos estado trabajando junto con el Archivo General de la Nación, que es el órgano rector hoy por hoy en nuestro país del Sistema Nacional y que, entre sus cometidos, tiene impulsar la profesionalización, hacer cumplir estas normas que hacen al control, a la gestión y a la disponibilidad de la información. Entonces, nosotros creemos que es como la pata que está quedando floja -en esto de que, hoy por hoy, las instituciones, aun teniendo en la Ley de Acceso a la Información Pública un artículo que hablaba de que tenían cuatro años para poner en orden sus fondos documentales, aún no lo han hecho- y que lo que se debería afianzar un poco es el tema de cómo controlar o, en su defecto, ya que se hablaba de una sanción, quién va a sancionar y cómo se va a sancionar, porque, de hecho, la garantía de alguna forma está dada, y es en poder profesionalizar y hacer una gestión integral y profesional de esa información, pero no se está haciendo como tal.

SEÑORA MUIÑO (Beatriz).- De la Asociación Uruguaya de Archivólogos; también pertenezco al Archivo General de la Nación. Más que nada, una cosa que pasa a diario y que veo acá, en este proyecto, plasmada es que dice que los organismos deberán demostrar cuando no tienen la información, que es algo que parece muy lindo, muy interesante, pero que, a la hora de demostrarlo, me parece que no hay forma, y es una cosa que nos tenemos que preguntar de qué forma van a demostrarlo. Otra cosa más es lo de la recopilación de información de los distintos lugares. Yo misma a veces tengo que recopilar, porque me hacen pedidos de acceso a la información pública en el área de derechos humanos, que es donde estoy, y tengo que recopilar. O sea, no entiendo bien ese criterio. Se lo dejo para que ustedes lo piensen. Y lo más importante es que el tema de la transparencia es un concepto un poco de moda, un poco un compromiso, para cumplir un ítem, pero el corazón de la transparencia y mismo el acceso son los archivos. Sin los archivos organizados, nosotros no podemos brindar una transparencia y tampoco vamos a dar el acceso. vos y no tanto a las bibliotecas.

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