Las limitaciones a la diferenciación institucional
Claudio Rama
El reciente bloqueo parlamentario por el Frente Amplio a la creación de la Universidad Virtual del Uruguay revela claramente una limitación estructural a la diferenciación institucional en la educación superior en Uruguay y con ello la existencia de otra de las tragedias de la educación superior.
Ello refiere a las limitaciones existentes en el marco legal constitucional a la creación de nuevas universidades y con ello a la existencia de diversas restricciones a la diferenciación y diversificación institucional de la educación superior así como al condicionamiento de estos procesos. Es necesario aclarar que el proceso de diferenciación y la separación de los monopolios universitarios se ha ido llevado adelante y lo continúan realizando todos los países a escala global es constituye una de las características de la conformación de los sistemas de educación superior. Ello se ha dado, en tanto la diferenciación es un requisito para la ampliación de los accesos y el aumento de la cobertura. El incremento de la matrícula y la diversidad de tipos de acceso, se asocia en forma directamente proporcional a la creación y existencia de nuevas y distintas instituciones con perfiles, modalidades, localizaciones y modelos educativos y pelágicos. Inversamente, a escala global, y sin duda también en la región, la baja cobertura y calidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje se correlaciona directamente con monopolios de la oferta y muy pocas instituciones oferentes. Estos escenarios de escasa diversificación, no solo limitan la diversidad que es la base de la calidad, sino que incluso impone instituciones elefantíasicas con altos niveles de escalas – tipo macrouniversidades- que las hace al tiempo, altamente ineficientes, corporativas y con menor pertinencia. Así como existen exigencias mínimas de funcionamiento que hacen que las microuniversidases tengan baja calidad al no poder cumplir los estándares mínimos de aseguramiento de la calidad, igualmente las instituciones con dimensión como dinosaurios, tienen altos niveles de ineficiencia y baja capacidad de adaptación a los cambios, bajos niveles de control y de aseguramiento de la calidad con fuertes desordenes en la gestión por su tendencia corporativa. En general, todas las organizaciones e igualmente las educativas tienen escalas y tamaños de óptimos pareteanos de eficiencia y calidad en la prestación de sus servicios, fuera de las cuales se generan curvas de ineficiencia. Muchas universidades públicas de Estados bajo modelos presenciales ponen topes al crecimiento de las organizaciones, incluso en el ámbito comercial, también por limitar y ahogar la competencia, que se considera necesaria para la diversidad, la innovación y la calidad de las prestaciones. En Estados Unidos en un tiempo se consideró que al pasar de los 10.000 estudiantes se debía crear otro (caso de Universidades públicas de Massachusetts), y ahora el límite se ha fijado entre 20 y 30 mil en los nuevos entornos de gestión digital. En las clases presenciales es muy tradicional identificar problemas de calidad a medida que aumentan los estudiantes por encima de determinados límites.
Como referimos, la diferenciación de la educación superior se constituye en un proceso que anticipa y acompaña en crecimiento de la cobertura que se da por la ampliación y el aumento de las ofertas y de su diversidad. Es una ampliación de las ofertas y las tipologías que se asocian a nuevas carreras, accesos, modalidades o modelos pedagógicos. Sin esa diferenciación de la oferta, las demandas de acceso se limitan, al tiempo que los mercados de trabajo carecen de los recursos humanos requeridos de calidad. Así, masificación y diferenciación son dinámicas conjuntas y mutuamente condicionadas. Aunque las instituciones existentes aumenten la diversidad de sus ofertas, ellas nunca logran realizar esos procesos en tiempo y forma, acorde a las nuevas demandas por múltiples limitaciones. Una institución civil no puede ofertar estudios militares o policiales, ni una publica, ofertas con contenidos de inspiración religiosa, ni una profesional ofertas tecnológicas o pedagógicas, ni tampoco una presencial ofertas virtuales. Las instituciones se especializan y focalizan en determinada ofertas, necesariamente dejando fuera miles de ofertas, que son cubiertas por nuevas instituciones con sus propias misiones y modelos diferenciados.
La dificultad de creación de nuevas universidades públicas al establecerse que deben ser creadas como entes autónomos, para lo cual se requieren determinadas mayorías legislativas para su creación, e incluso que se debe recabar las opiniones de las universidades existentes sobre la conveniencia de la creación de un competidor, tanto de matrícula, reputacional como presupuestal, son marco que limitan y que a la vez redefinen las formas de la diferenciación necesaria de la educación superior. Estas limitaciones y a la vez oportunidades, se han ido superando a través de un nuevo rol del Ministerio de Educación y Cultura, en la fiscalización y control de las ofertas terciarias realizadas por organismos públicos como Ministerios u órganos desconcentrados e incluso descentralizados. Así, el MEC controla, legaliza y certifica las ofertas de educación superior policial, militar, artística, departamental y de formación docente. En este contexto de negación del derecho a la educación virtual a través de una universidad autónoma, correspondería crear o asignar a un órgano desconcentrado la función de oferta de esta modalidad y poner en funcionamiento legal los mecanismos de fiscalización y control requeridos para que sus ofertas tengan el reconocimiento universitario.