Crónica Policial

Los jóvenes bajo la mirada del INDDHH

El 17 de noviembre tomó estado parlamentario el informe llamado «adolescentes en privación de libertad y adolescentes en comunidad», elaborado en el marco de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH). Este trabajo refirió al denominado Mecanismo Nacional de Prevención de la Institución sobre el sistema penal juvenil. El MNP es un equipo de trabajo que tenemos en la Institución, que lleva adelante visitas periódicas y no anunciadas a todos los lugares de detención como forma de prevenir la tortura. Este grupo escribe informes, formula recomendaciones, discute con las autoridades y es parte también de un sistema global de mecanismos de prevención de las Naciones Unidas. La situación de adolescentes en la comunidad, no en privación de libertad, analizó en esta oportunidad las experiencias de violencia institucional, tanto en Montevideo como en Paysandú. A juicio de os informantes fue “muy importante reflejar en profundidad una experiencia del interior del país”, el que se realizó en el marco de un trabajo con la Universidad Católica del Uruguay, el Departamento de Pedagogía Social del Centro de Formación en Educación, todo bajo la coordinación de Mecanismo Nacional de Prevención de la INDDHH.

GIANINA PODESTÁ (INDDHH).- Los objetivos de este trabajo estuvieron orientados a acercarnos a las situaciones de violencia institucional que pudieran configurar tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes sufridos por adolescentes, tanto durante los primeros momentos de detención como en los centros donde se encuentran cumpliendo medidas privativas de libertad de carácter cautelar. Es importante hacer esta desagregación porque no se cubren todos los centros. Inisa tiene centros en los que los adolescentes están transitoriamente, como el centro de ingreso transitorio; centros para medidas cautelares como Desafío que es -era, ahora hay una breve modificación- para adolescentes entre trece y quince años; CIAM, que es el centro de ingreso para adolescentes mayores de quince y CIAF, que es para adolescentes mujeres. Desafío y CIAF tienen la particularidad de que no solamente van a tener adolescentes que están en cumplimiento de medidas cautelares, sino también de medidas definitivas, lo que ya ha sido advertido por el Mecanismo en otras oportunidades. ¿Qué es lo que se analizó? El cumplimiento de las garantías a las que hacía referencia el director, en particular, el derecho a recibir información sobre sus derechos, la notificación a familiares, el derecho a la atención médica y el derecho a la defensa jurídica durante la detención y en la privación de libertad cautelar. Como también hizo referencia el director, utilizamos la metodología tradicional del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, lo que implica visitas periódicas a los centros. En este particular caso, fue a los centros de medidas cautelares, al centro de ingreso transitorio del Inisa y a unidades policiales en los departamentos de Canelones, Maldonado y Montevideo. Se realizaron entrevistas al personal de los centros -directores, equipos técnicos- y, por supuesto, a las y los adolescentes que estuvieran cumpliendo medidas cautelares. Se desarrollaron pautas específicas de entrevistas para ambos universos -eso está en la parte de anexo metodológico y se puede ver en el propio informe- y se hizo un análisis documental jurídico de la materia. En particular, el campo se realizó entre el 1º de agosto y el 30 de noviembre de 2020. Se realizaron unas veintiséis entrevistas en profundidad; esto implica que las entrevistas duran de veinte a cuarenta minutos y se observan y analizan distintos aspectos que no solamente remiten a las situaciones en privación de libertad, sino a los primeros momentos de detención. Por eso es que hacemos hincapié en todo el informe en que las situaciones que narran los adolescentes no solamente tienen que ver con aquellas cuestiones que dan cuenta de una vida cotidiana, sino también de los primeros momentos de detención y su pasaje por las distintas instancias judiciales, Fiscalía y, obviamente, la propia detención por parte de la Policía. En cuanto a los resultados, vamos a dividirlos en tres puntos: los resultados sobre el cumplimiento de las salvaguardas legales al momento de detención, los resultados sobre las situaciones de abuso y maltrato durante los primeros momentos de detención y los resultados con relación a la violencia institucional sufrida en los centros para medidas cautelares Sobre el cumplimiento de las salvaguardas al momento de la detención, en general no se brindó una información detallada a las y los adolescentes en relación a las razones de la detención. Respecto a la notificación sobre derechos individuales, las y los adolescentes refirieron haber recibido poca información al respecto. En cuanto a la notificación a familiares o responsables sobre la detención, si bien se realizó y en forma más o menos inmediata, varía la forma en la que se realiza. Es decir, no existe un criterio uniforme para registrar la realización o no de la notificación a los familiares de la adolescente. En la mayoría de los casos, las y los adolescentes accedieron a un examen médico luego de la detención y previo al traslado a las unidades. Sin embargo, la información relativa a dicho examen trasmitida a los y las adolescentes no fue uniforme para todos. Con relación al contacto con la defensa, se produjo mayoritariamente al momento de la primera audiencia. Esto no es menor, porque los adolescentes son detenidos y trasladados sin un acceso a la defensa. En cuanto a las situaciones de abuso y maltrato durante los primeros momentos de detención y custodia policial, de los testimonios surge que hay existencia de allanamientos de morada, en la mayoría de los casos al amanecer y asociados a procedimientos de estupefacientes. Se identifican ciertos cuerpos como la Brigada Nacional Antidrogas, patrulleros de la Jefatura de Policía y la Guardia Republicana dentro de los protagonistas más fuertes en las instancias de allanamientos y detenciones. Hay ciertas diferencias en cuanto al momento y la forma en que se procede a la detención. Si bien los adolescentes varones principalmente son detenidos en la vía pública, las adolescentes entrevistadas dieron cuenta de que las detenciones habían sido producto de allanamientos previos, es decir, que se encontraban en su hogar cuando se produce la detención. También dan cuenta del uso de esposas y grilletes, de amenazas con armas de fuego, de uso de lenguaje amenazante, ofensivo o inapropiado durante la detención. Las y los adolescentes dan cuenta de solicitud de documentación o de detenciones que no estarían asociadas a la comisión de un delito en calidad de in fraganti ni tampoco con una orden escrita de juez competente comunicada por medios fehacientes, que es lo que pide el Código de la Niñez y la Adolescencia, sino que son prácticas percibidas como discriminatorias, es decir que habría detenciones que tienen que ver más con una identificación de esas adolescentes o esos adolescentes con determinados estereotipos más que con un delito in fraganti o la percepción del delito en sí. En lo que tiene que ver con el tránsito de la detención y el ingreso a un centro Inisa, este tránsito es experimentado por los adolescentes como instancias con múltiples traslados, en la mayoría de las ocasiones esposados o engrilletados. En la mayoría de los relatos de las y los adolescentes aparecen referencias a haber estado expuestos a algún tipo de violencia, ya sea física, sicológica o simbólica. Estamos hablando de situaciones de abuso y maltrato durante los primeros momentos de la detención y de la custodia policial. Pasando ahora a la violencia institucional padecida por adolescentes durante el cumplimiento de las medidas cautelares en centros de privación de libertad, el centro que presenta mayores dificultades y que ya ha sido objeto de distintas recomendaciones por parte del Mecanismo es el CIAM, el Centro de Ingreso para Adolescentes Mayores. Los adolescentes refieren haber sufrido allí más situaciones de violencia, especialmente por parte de pares al ingreso del sistema. También es el centro con mayor número de observaciones sobre las condiciones edilicias. Es de destacar que el momento de ingreso al sistema judicial y penal juvenil constituye una instancia de especial vulnerabilidad, en la que hay situaciones de muchísima tensión y mucho conflicto; sobre todo para los adolescentes que son primarios dentro del sistema es bastante fuerte. También se destacan situaciones esporádicas de uso desproporcionado de la fuerza para contener a adolescentes, especialmente durante las requisas. Las requisas son aquellas situaciones que actualmente integran el sistema y están legitimadas por la forma en la que se realizan, porque hay un procedimiento que dispone cómo deben ser, e implican el desnudo del adolescente frente a varios oficiales en el caso de ser varones, agacharse y toser, lo que para cualquier individuo, sobre todo para un adolescente, implica una situación que ya de por sí constituye una violación a su derecho a la intimidad e integridad personal. Por otro lado, narran experiencias de violencia sicológica, especialmente verbal, del tipo de sarcasmos y amenazas. Dan cuenta de un trato médico adecuado en general, aunque con algunas dificultades para el acceso a información sobre el estado de salud o resultado de exámenes médicos. Destacan en forma positiva los espacios de diálogo con el área de sicología. Esto con relación al CIAM. En relación al CIAF, las adolescentes destacan un muy buen relacionamiento en general entre ellas y las personas encargadas del centro. Inclusive, dan cuenta de que frente a incidentes la respuesta habitual es el diálogo. En otras oportunidades, el Mecanismo se ha expresado acerca de las buenas prácticas en algunos centros, y uno de ellos justamente es el CIAF. El informe, al final, hace una suerte de resumen y de identificación de los nudos críticos que fueron vistos a lo largo de toda la investigación. En primer lugar, la profundización de la regresidad penal con relación a la coronación con la ley de urgente consideración y la necesidad de armonizar la legislación nacional con la normativa internacional vigente en el marco del derecho internacional de los derechos humanos y especialmente en el área de infancia. En segundo término, las debilidades que se presentan en el sistema penal juvenil referidas a la tensión entre el carácter punitivo versus el contenido socioeducativo de las medidas. Esto, en otras palabras, no es más que priorizar aquellas formas, aquellos centros o aquellas prácticas que fortalecen las ofertas educativas y de inclusión social y comunitaria frente a otros centros que simplemente ofrecen encierro por muchas horas. En tercer lugar, las condiciones en que se produce la detención, que dan cuenta de un uso desmedido de la fuerza y de un empleo de lenguaje inapropiado que también dan cuenta de cierta selectividad, y en cuarto término las dificultades observadas durante el cumplimiento de las medidas cautelares en relación a las condiciones de habitabilidad y los episodios de violencia entre pares y/o, tal vez, con otras personas.

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