EditorialPolítica nacional

El poder de la política

y la política del poder

César García Acosta

Dos ministros, Luis Alberto Heber (Interior) y Francisco Bustillo (Relaciones Exteriores) comparecerán –hoy- ante el Senado, para explicar cómo pudo un indagado por Interpol, con antecedentes judiciales y residente por años en las cárceles uruguayas por narcotráfico, detenido en el extranjero, haber obtenido sin trabas burocráticas un pasaporte nacional que le permitió evadirse de la cárcel cuando estaba detenido en Dubái por tener pasaporte paraguayo falso. Este asunto de claro corte judicial, penal, deja en evidencia, como manifiesta duda razonable, que la discrecionalidad cuando roza la arbitrariedad puede ingresar –se lo asuma o no- en un terreno de influencias y poderes arbitrarios que conjugados pueden resultar un cócktel nefasto, que se transforma indudablemente en excesos. No hay trámite en soporte papel que actualmente no sea superado por las tecnologías de la información. Por eso los datos jamás pueden ser excusa suficiente para habilitar la inadvertencia de un disparate de antología. Y tal ha sido este “aquelarre” -que hasta al propio imputado de estos agravios- le alcanzó para justificarse, algunos “videítos” filmados adentro de su auto, del otro lado del mundo, los que difundidos por un informativo local alcanzaron  para desprestigiar a un mudillo político que ahora tiene que defenderse si su actuación fue políticamente correcta. De este conflicto se saldrá sólo con hidalguía, asumiendo responsabilidades pero jamás culpando “al alma o el espíritu de la ley”, al decir de Aréchaga, cuando en alusión a las reformas constitucionales necesarias, separaba en forma clara la importancia de vivir en un país donde prevalezcan las leyes. Por eso hoy es la hora de la República.

Mientras tanto para el senador frenteamplista Mario Bergara, lo declarado por el narcotraficante son “resorte” de la Policía y la Justicia de Uruguay, Paraguay y Colombia. Para el legislador su tema deben ser las “responsabilidades políticas” que “obviamente” tienen la cancillería y el Ministerio del Interior por expedir un pasaporte “en tiempo récord y en formas poco usuales”, y no las cuestiones de legalidad del proceso seguido en este caso.

“Ponemos el foco en por qué, en estas circunstancias tan complejas, cuando una persona está presa en el exterior por un documento falso, fue procesada en el pasado, tiene antecedentes penales profusos y estaba siendo investigada a nivel internacional con participación del Ministerio del Interior uruguayo, la DEA [Administración de Control de Drogas de Estados Unidos], las autoridades paraguayas, recibe de esta manera, con tanta facilidad, con tanta rapidez, un envío sui generis del pasaporte a Dubái, que le permite salir de Dubái y estar hoy prófugo de la Justicia internacional”, expresó.

Para Bergara e ministro Heber, que respaldó la decisión de otorgar el pasaporte a Marset en un decreto de 2014. “No es cierto que se le diera el pasaporte a Marset, ni siquiera que se le dio de esta manera, por el decreto de 2014. El decreto no inhabilitaba que se diera, pero tampoco obligaba a dárselo, porque no hay ninguna norma que “obligue a expedir el pasaporte”.

“Claramente el decreto está diciendo que ante circunstancias no previstas, los ministerios respectivos tienen que hacer las consideraciones del caso. Vaya si esta es una circunstancia compleja […]. Vaya si hubiera ameritado consideraciones adicionales y una evaluación más cautelosa, más profunda y más prudente, tal como sugirieron los profesionales del servicio exterior, porque no en vano la embajada de Emiratos Árabes y la opinión del excónsul y del servicio consular piden instrucciones explícitas, en la medida de que consideran que este es un caso que ameritaba una mayor prudencia y una mayor cautela”.

Por su parte Heber reiteró su opinión de que la entrega del pasaporte fue posible porque “las disposiciones establecidas en el decreto de 2014, de José Mujica, llevan a que en los requisitos para poder otorgar un pasaporte no esté contemplada la situación de que esté preso o que tenga antecedentes en el exterior, solamente causas abiertas en el país”.

Según el ministro, en el decreto anterior a ese de 2014, de 1993, “expresamente se solicitaba antecedentes del país donde está residiendo, de donde se está solicitando”, y señaló que “si hubiera estado vigente, naturalmente no se podía otorgar el pasaporte porque el señor Marset estaba preso”.

Por eso Heber insiste una y otra vez que “hasta que no sucedió esto, no nos pudimos percatar de estos cambios” al decreto, aunque en 2021 la normativa fue modificada por el propio Ministerio del Interior, cuando lo encabezaba Jorge Larrañaga, a raíz de planteos de las personas con discapacidad. Pero, según Heber, esa modificación que hizo el ministerio tenía que ver “con una discusión que se venía dando desde 2019, que nosotros heredamos”, y no significó “una revisión del decreto”.

Compartir

Deja una respuesta