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La maduración de las edades y la responsabilidad penal

Zósimo Nogueira

Como medir la vulnerabilidad de las personas, los dos extremos. La niñez y la ancianidad.

Un tema actual, la sexualidad responsable. La prostitución y la violación opus leyes. Viajemos por la memoria.

Hasta la década del 70 seguía vigente el Código de Instrucción Criminal de tiempos del Cnel. Latorre.  La prostitución callejera era considerada una falta y la ejercida en locales y espacios determinados estaba regulada.

Prostíbulos, Lupanares o Burdeles como se denominaban. Cabarets, Dancings o Boites con música y espectáculos donde las mujeres alternaban con clientes y luego a las casas de citas a intimar.

Regulación policial y municipal sobre emplazamiento, entorno y condición sanitaria

Los controles los ejercía con autonomía la policía, las detenciones por prostitución entraban en el combo de las mentadas 24 horas por “averiguación de antecedentes”.

En esos tiempos variaban las edades para el ejercicio de derechos civiles. Hasta los 25 años se necesitaba autorización de los padres para contraer matrimonio.

Para el meretricio las mujeres debían ser mayores de 21 años; intervenía el Juez de Menores de comprobarse participación de menores de hasta 20 años. Eran internadas en el Consejo del Niño, aunque a los 18 años ya eran penalmente responsables.

Las incongruencias; con 18 años mayoría para ir preso/a, minoría para la prostitución y ejercer derechos civiles y contraer matrimonio.

No obstante era común que personas bastante añosas se amancebaran con niñas adolescentes  

Como aquello de la biblia, ancianos se hacían cargo de las viudas de sus hijos tomándolas como esposas.

Sin embargo ya estaba la figura jurídica de la “violación opus leyes”

 Relaciones sexuales entre adultos y menores de 15 años. El consentimiento o deseo del menor no habilitaba, ya se entendía falta de madurez para esas decisiones.

Sin embargo está claro que en la actualidad el ingreso a las actividades delictivas comienza más temprano. Delitos contra la propiedad, apropiación indebida, hurto, rapiña, privación de libertad, secuestro, lesiones y homicidio.

Con el incremento del narcotráfico aumento la violencia por adicciones tempranas y muchos menores son manipulados por traficantes y distribuidores.

Los casos de sicariato se han repetido en contiendas internas; en muchos participan adolescentes que actúan con osadía sabiendo que su minoría los beneficia en caso de ser capturados.

Por el 2010 el Senador Pedro Bordaberry promovió mediante plebiscito bajar la edad de imputabilidad, llevándola de 18 a 16 años. No fue aprobada pero tuvo una gran votación.

Los vínculos sexuales también variaron, en los extractos sociales bajos comienza apenas salidos de la pubertad, eso es comprobable en los hospitales públicos de todo el país con los embarazos adolescentes.

Con una población envejecida todo nacimiento debería ser objeto de alegría, pero en la mayoría de estos casos apareja nuevos problemas por ser la consecuencia de relaciones entre jóvenes sin ocupación ni capacidad de sustento.

Jóvenes mujeres y niños abandonados que en el mejor de los casos pasan a ser asistidos por sus abuelos o vivir de la asistencia estatal.

Y varones que sin capacidad para afrontar una relación responsable, engrosan los grupos de quienes no estudian ni trabajan y fácilmente son reclutados por malvivientes.

Muchas de esas adolescentes abandonan sus estudios e ingresan en el sub mundo del consumo y/o de la prostitución.

En sus hogares muchas veces mono parentales las impulsan a buscar el sustento familiar.

 Con la carga de un niño es más difícil; los Caif, e instituciones religiosas y laicas pueden ofrecer una salida, pero siempre están quienes buscan mano de obra para actividades criminales.

Muchas mujeres ingresan a la prostitución siendo muy jóvenes. La Presidenta del sindicato de meretrices ha dicho que se inició en el oficio a los 14 años.

Los estudiosos de la mente humana dicen que la maduración intelectual puede variar, pero se considera que el desarrollo y maduración se logra en la media de los 18 años.

Me pregunto en base a ciertas premisas.

Los más débiles o vulnerables son los niños y ancianos.  Lo son desde el punto de vista físico y mental. 

¿La práctica de actividades delictivas o la prostitución implican una maduración temprana o solo significa una habitualidad o acostumbramiento?

¿El engaño como hábito para obtener un beneficio significa un acto de conciencia y voluntad?

En sicología hay quienes consideran que la maduración no solo está determinada por el desarrollo físico y hormonal sino también por la influencia de vínculos sociales.

En la vejez y el deterioro cognitivo.

¿Hasta qué momento se considerara que un individuo posee la plenitud de sus facultades?

¿En qué circunstancias se torna sicológicamente más vulnerable?

Para aplicar justicia en estos casos de actualidad vinculados a actividades sexuales debe considerarse la habitualidad para realizar una investigación objetiva.

También es válido pensar que esas experiencias no siempre avalan que está actuando con plena conciencia.

Al inicio de las causas los sujetos son denunciantes o investigados y no damnificados o víctima.

Para relaciones de prostitución. Aún en casos de diferencia de edad, relación de dependencias o situaciones de apremio económico o de otra índole al buscar responsabilidades debe establecerse si existe algún tipo de manipulación o si todo trascurre dentro de lo previamente concertado.

No se puede poner en la misma balanza y comparar vulnerabilidades en situaciones diferentes

Jóvenes de variada edad con hábitos sexuales; otras en proceso de aprendizaje y otras inexpertas relacionadas con personas mayores también de variada edad con diferencias de relacionamiento.

Mensajes escritos o trasmitidos con informaciones veraces y falsas sobre erotismo y actividades o propuestas de intercambios sexuales.

Es cierto que la ley así lo establece pero se borró aquello de que los actos preparatorios no constituyen delito.

La ley habilita la investigación y enjuiciamiento de mayores que se vinculen con menores de edad.

La prueba no puede basarse solo en escritos o grabaciones. Deben ser confirmadas con elementos probatorios, de igual manera deben considerarse las declaraciones sin respaldo documental.

No es entendible que se pretenda realizar una mega causa cuando son múltiples situaciones con diferentes actores tanto del lado de la oferta sexual como del receptor o adquirente del servicio.   Cada situación distinta amerita un tratamiento individual.   

La mayoría de los casos se inician con una oferta sexual por medios electrónicos con fotografías y videos que no permiten determinar edades y pueden manipularse con variada intención.

Conviene precisar que muchas de estas relaciones salen a luz por pesquisas de la fiscalía, no denunciadas, solamente corroboradas.

Si se persigue de oficio a un “cliente” que pago por servicios sexuales consensuados a una menor porque no actuar con el mismo rigor sobre padres, tutores o quienes se beneficiaron de esas jóvenes con pleno conocimiento de sus edades y que no tenían trabajo.

Se dijo por la prensa de que una madre abrió una cuenta bancaria. ¿No se enteró del origen de ese dinero, no sospecho de los reiterados depósitos? 

Antes intervenían el Juez de Menores y el Consejo del Niño (hoy INAU) se procuraba reeducación, responsabilizando a padres ahora se enjuicia someramente a quienes caen o se dejan caer en sus redes.

Parece cobro de facturas por tiempos pasados. La guadaña en manos fiscales con pedidos de prisión anticipada a trocha y mocha.

Hay muchísimas situaciones similares. La prostitución de hombres, mujeres y adolescentes, pornografía es mucho más generalizada de lo que se piensa.

Quienes promueven estas políticas no han medido su real alcance y los daños que puede generar. Ni todo es blanco o negro, hay muchos grises.

Veremos cuando comiencen los juicios reparatorios, cuánto dinero le costara al Estado.

Le han arrancado páginas enteras a la Constitución.

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