“Dos capitanes hunden el barco”
“Quien está en la mar: navega; y opina quién está en tierra”
(Refranes marineros)
Ronald Pais
El CASMU es una gran institución de asistencia médica colectiva. con aproximadamente 180.000 usuarios. Superando obstáculos no ha cesado de progresar, con 37 Centros Médicos, un Centro Integral de Atención Mamaria y un Policlínico Central que es referente internacional.
Ya desde su origen el CASMU surgió con dificultades económico – financieras que se han venido enfrentando a través de los años. Sucintamente la Institución nace, como nueva sociedad, en el año 2009 con un patrimonio negativo muy importante, el cual experimentó una disminución del 23% desde el 2009 al 2019 y, desde la asunción de la nueva gestión de otro 23%, ubicándose ahora en unos 54 millones de dólares. Los Balances de los tres últimos ejercicios fueron positivos, arrojando ganancias por unos 8 millones de dólares y en lo que va del año el Resultado Operativo ha sido positivo en unos 2,6 millones de dólares y las autoridades actuales esperan que llegue a 3,7 millones de dólares en setiembre de 2025. Asimismo, un plan de reestructura se viene implementando y seguramente se deberá seguir profundizando, por lo que todo indica que el panorama general del CASMU continuará mejorando.
De cualquier forma, las dificultades económico-financieras subsisten y ante el riesgo de ver comprometida su capacidad de cumplimiento de sus obligaciones de pago, el 17 de junio de 2024, el CASMU solicitó poder acceder al régimen del fondo de garantía creado por la Ley N° 18.439 de 2008.
Habiendo entendido el MSP que se estaba ante una situación de “desequilibrios de importancia en su normal funcionamiento” realizó una intimación para que, en un plazo de diez días hábiles se subsanara la situación económico-financiera.
Un tema que se arrastra de años no se puede solucionar en diez días por lo que, transcurrido ese plazo, el MSP, por Resolución del 29 de Julio de este año, resolvió designar una Comisión Interventora del CASMU, por un plazo de hasta un año y “sin desplazamiento de sus autoridades naturales de dicha institución de sus cargos”.
Casi al mismo tiempo, ingresó al Parlamento un Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo el 29 de julio de 2024, por el que se concedía al CASMU-IAMPP, por única vez y en forma provisoria, acceso al Fondo de Garantía creado por la ley 18.439 de 2008, por hasta la suma de unos 2 mil millones de pesos.
Debido a la urgencia del asunto, los legisladores le dieron un rápido tratamiento al tema y el 14 de agosto de 2024 quedó sancionada la ley con modificaciones al proyecto original.
Durante el tratamiento del Proyecto, la Ministra de Salud Pública planteó darles más “atribuciones especiales” a los interventores y expresó que se estaba pensando hacer esa ampliación vía “decreto reglamentario, que es lo que inicialmente pensamos y creemos que es acorde legalmente” Luego insinuó que no se opondría si los legisladores quisieran consagrarlo por ley para “aumentar el nivel de fuerza de la normativa”.
Y agregó, “lo que nosotros pensamos inicialmente era dar potestades a la directiva para que, por ejemplo, todas las obligaciones – renovación de contratos, pagos dispuestos – sean oportunamente aprobadas por los interventores. Es decir, la idea es que antes de que se pueda realizar un gasto con el dinero otorgado, debe tener un visto bueno de los interventores. Lo mismo se aplicaría en el caso de realización de inversiones que puedan poner en riesgo o comprometer el equilibrio económico-financiero de la institución” (Sesión de Comisión 06/08/24)
Todo el proceso vivido por la Institución, arrancando en el 2009 con un patrimonio negativo de U$S 47:637.000, las medidas que se fueron adoptando por las autoridades del CASMU para ir revirtiendo esta situación y, especialmente, los resultados logrados por la última gestión, están desarrollados en forma muy completa por el Cr. y Ec. Santiago Moldes, asesor del Consejo Directivo de CASMU en la sesión de Comisión del Senado ya citada y a cuya versión taquigráfica nos remitimos.
Hasta el momento de escribir este artículo, el Poder Ejecutivo aún no ha promulgado la ley aprobada por unanimidad en el Parlamento y esperemos que lo haga sin dilaciones.
En cuanto a las mayores o menores facultades de los interventores, ello está muy claramente establecido por el referido artículo 280 de la Ley 15903 de 10/11/1987:
La intervención será a los solos efectos de diagnosticar la situación existente y convocar de oficio a los órganos deliberantes competentes, con el objeto de tratar dicha situación y resolver al respecto. (El subrayado nos pertenece).
Consecuentemente, el Decreto reglamentario 139/2004 de 27/04/2004, distingue entre intervención sin desplazamiento de autoridades o con desplazamiento de autoridades.
“La intervención será sin desplazamiento de autoridades cuando se mantengan las autoridades naturales de la Institución, quienes continuarán en el ejercicio de sus cargos y en la administración de los bienes que integran el patrimonio. Los interventores no sustituirán la voluntad de las autoridades de la Institución.”
A continuación, la norma reglamentaria regula las facultades de los interventores y sus límites
Por otra parte, “La intervención será con desplazamiento de autoridades cuando se sustituyan las autoridades naturales de la Institución por uno o más interventores designados al efecto, quienes gozarán de las mismas facultades y deberes que aquéllas”.
Ahora bien, atendiendo a sus propias expresiones, creemos que tanto la señora Ministra como sus asesores se equivocan cuando pretenden ampliar facultades de los interventores para que puedan “aprobar oportunamente”, todas las obligaciones, como renovación de contratos, pagos e inversiones.
Esta pretensión excede claramente las atribuciones de una intervención sin desplazamiento de autoridades.
Excede también el límite genérico que la ley establece “La intervención será a los solos efectos de diagnosticar la situación existente”.
Esperemos no estar en presencia de una nueva moda que parece querer asomarse en algunos servicios jurídicos públicos de querer modificar leyes por la vía de decretos.
Todo indica que esto fue percibido claramente por los legisladores que no se hicieron eco para recoger legalmente las aspiraciones que les planteó la señora Ministra.
Nótese sí, que entre las modificaciones introducidas al proyecto original, el Parlamento agregó una Comisión de Seguimiento al Plan de Reestructura asociado a la disponibilidad de los fondos.
En resumen, creo que estamos ante un tema muy importante, no sólo para unos 180.000 asociados, sino para los trabajadores médicos y no médicos, proveedores, etc, de una de las tres más importantes instituciones de asistencia médica.
Si bien en su comparecencia en el Poder Legislativo, la Ministra mencionó sin entrar en detalles presuntas irregularidades a investigar, como bien señaló el Presidente de la Comisión, ese es un tema aparte que deberá dilucidarse por las vías que correspondan.
Siendo que la actual gestión del CASMU presenta avances y mejoras en la situación de la institución y no ha recibido explícitos cuestionamientos que pudieran justificar su alejamiento, todo indica que los interventores tienen las facultades suficientes para realizar su labor,
Producida la promulgación de la ley por el Poder Ejecutivo, lo deseable sería un trabajo de colaboración entre los interventores, el MSP y las autoridades del CASMU.
La alternativa para el Poder Ejecutivo sería cambiar la intervención sin desplazamiento de autoridades por una con desplazamiento de autoridades. Sería una jugada tan imprudente como aventurada. No creemos que unos interventores recién arribados puedan conducir con éxito una complejísima gestión que requiere el conocimiento profundo, la experiencia y la idoneidad que los asociados que las eligieron democráticamente han estimado que poseen las actuales autoridades.
Esa misma ha sido la opinión expresada por el Presidente de la Comisión parlamentaria (Senador Botana) al decir:”me parece muy bien que sea sin desplazamiento de autoridades por las consideraciones que hice en anteriores intervenciones, especialmente en la Comisión de Salud Pública. Quiero manifestarlo porque, si la gestión vino bajando el déficit y mejorando el patrimonio, por más que no fuera en la medida de lo deseado o de lo que permitiría salvar a la institución de esta crisis financiera, de cualquier modo, estamos hablando con gente que tiene más solvencia, más conocimiento de la institución y más posibilidades de pilotear el barco para llevarlo a buen puerto.”
La novia linda del marinero
Cuenta la historia que había un marinero muy Casanovas con una novia en cada puerto. Como en general sus novias eran feas, no despertaba los celos ni la envidia de sus compañeros. Pero cuando consiguió una novia de gran belleza, todos los otros marineros aspiraban a birlársela si alguna vez no podía bajar o no llegaba a puerto.
El CASMU y sus asociados son hoy una novia linda y no debe olvidarse que, entre las sombras siempre habrá otros marineros interesados y conspirando para que su amor no llegue a puerto.