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Cierre de Juzgados

Hace pocos días, el 6 de octubre, el Parlamento recibió a la Asociación de Magistrados del Uruguay por el controversial tema de la supresión de los juzgados de paz por reorganización de territorios jurisdiccionales por comunidades geográficas. Después de algo de debate y una casi deliberada marcha atrás institucional, los diputados hablitaron freunirse con uno de los protagonistas ineludibles: los jueces. De este modo comparecieron los magistrados mediante sus representantes: Graciela Gatti, Alexandra Facal y Lilián Elhorriburu. La siguiente es parte de su intervención en el parlamento.

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SEÑORA GATTI (Graciela).- En nombre de la Asociación queremos agradecer a todos por habernos recibido en el día hoy. En realidad, solicitamos ser recibidos porque creemos que este tema no podía tratarse sin convocar también a la Asociación de Magistrados del Uruguay; no sabemos por qué, en oportunidad de convocarse a las otras asociaciones, la nuestra quedó afuera: se recibió la Suprema Corte de Justicia, al Colegio de Abogados, a las asociaciones de funcionarios y de defensores públicos, pero creemos que la palabra de los jueces también tiene mucho que ver con esto y que no podíamos quedar ausentes. Entonces, más allá de que llegamos un poco tarde -hay muchos temas y mucha información que ustedes ya tienen y, por lo tanto, no los vamos a reiterar; he estado leyendo las versiones taquigráficas y han recabado mucha información en las distintas comparecencias-, nos parecía fundamental señalar cuál es la visión de los jueces. Como ha transcurrido algo de tiempo, la Asociación de Magistrados del Uruguay ha tenido oportunidad de realizar una asamblea a la que convocó a todos sus asociados para debatir este tema. Lo que quedó claro en esta asamblea es que la mayoría de los jueces se pronunció a favor de exigir a la Suprema Corte de Justicia la derogación de la Acordada Nº 8119 que, como ustedes saben, está simplemente en suspenso, es decir, no ha sido derogada y el tema está pendiente de resolución final. Desde la Asociación de Magistrados del Uruguay se ha advertido con gran preocupación lo que significa la supresión de un gran número de juzgados de paz, no tanto por los números, porque si uno mira los números fríos y el volumen de trabajo no son relevantes, sino por el rol social que cumplen estos juzgados. Esto afecta, o puede afectar directamente el acceso a la justicia en poblaciones pequeñas más alejadas, y centraliza la concentración de funciones judiciales en los grandes centros, en las capitales departamentales o en Montevideo, complicando a muchas poblaciones. Además, también supone una complicación a nivel de la carrera judicial porque, si bien es verdad que algunos juzgados no estaban funcionando, otros sí lo están y con jueces a cargo, que estarían dejando de cumplir funciones jurisdiccionales para pasar a desempeñarse en tareas de tipo casi administrativo o de auxiliares en otro juzgado; no era muy clara la propuesta que la Corte estaba efectuando a esos jueces. Por lo tanto, desde la Asociación entendemos, como primer criterio, que la Acordada Nº 8119, tal como fue concebida, tiene que ser dejada sin efecto -esto surgió del mandato de la asamblea- y, además, creemos que debe trabajarse en buscar soluciones que garanticen el acceso a la justicia. Cuando hablamos de garantizar el acceso a la justicia lo estamos considerando de una manera integral: no se trata solamente del juzgado de paz – 2 – y de redefinir nuevas competencias -en eso estamos trabajando-, sino también de asegurar la debida defensa: esa es una visión que también debemos tener en cuenta. El juzgado de paz es muy importante, pero también que las poblaciones y las personas que van a acceder a esos juzgados lo hagan con la misma calidad de justicia, con un nivel de justicia similar al que se tendría en otras poblaciones. La Asociación ha asumido un rol proactivo, ha generado un grupo de trabajo, al que le ha dado un plazo de 30 días para analizar las competencias actuales de los juzgados de paz, para determinar en qué medida amerita que sean redefinidas. Ustedes saben que con el Código del Proceso Penal, por ejemplo, la competencia de urgencia en materia penal -que era gran parte del trabajo de muchos juzgados de paz- ya no la tienen. En materia de violencia de género, si bien tienen competencia para adoptar las primeras medidas, tampoco realizan actuaciones concretas porque, en definitiva, en veinticuatro horas tienen que trasladar el caso al juzgado letrado. Por lo tanto, hay que reexaminar en qué medida otras competencias corresponde, es útil o importante que sean trasladadas a estos juzgados. Para eso vamos a trabajar; se creó un grupo, por suerte, muy numeroso. Hay muchos jueces inquietos con este tema, de todos los grados, y lo que le proponemos a esta Comisión es acercarles el resultado de este trabajo -si nos permiten-, que lo tendremos aprobado en un mes y poco, para aportar soluciones en este tema. Precisamente, hablábamos con las colegas que en esto de redefinir competencias puede haber, por ejemplo, arrendamientos rurales. ¿Tiene sentido que estén solamente en los juzgados letrados de la capital? ¿Por qué no asignárselo a los juzgados de paz que no tienen esa competencia? Pensamos también en algún tipo de procesos en materia de familia. Se ha pensado en divorcios ante escribano público y por qué no ante los juzgados de paz. Ahora, si vamos a redefinir competencias debemos pensar en tener cubierta la parte de la defensa, y ese es un tema en el que luego ustedes tendrán la palabra, porque supone recursos. Así que sobre esa vía queríamos plantearles que estamos trabajando, quedando a la orden para cualquier pregunta o inquietud que ustedes quieran formularnos y, además, comprometidos a aportarles el resultado de este trabajo que estamos emprendiendo.

SEÑORA FACAL (Alexandra).- Quisiera agregar que esta modificación de la competencia viene de la mano de una modificación de la judicatura actual. En la actualidad, todos los jueces son profesionales; antiguamente no, había jueces legos, pero hace un tiempo -capaz que hace diez años, o un poco menos- la judicatura uruguaya es absolutamente profesional. Por eso, entendemos que en cuanto a algunas competencias que quizás antes existía fundamento para no otorgarles, porque había jueces que no eran profesionales, ahora es un factor que desapareció. Por eso es preciso que repensemos la competencia -sabemos que eso también ya se ha manejado en esta Comisión-, de una forma que tampoco impacte en otros jueces, porque la supresión de un juzgado sobrecarga a otros jueces que ya están bastante sobrecargados, fundamentalmente, los letrados del interior, y yo sé que hay muchos abogados del interior que eso lo saben. Resumiendo: bajemos y distribuyamos el trabajo para que todo sea funcional

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