Medicina

«Corrupción Médica»

Álvaro Vero

La falta de ética en los altos niveles jerárquicos es corrupción. Constituye una amenaza para el desarrollo sustentable y las prácticas corporativas públicas y privadas.

El tráfico de influencias utilizando familiares o amigos en los cargos jerárquicos para favorecer causas o detener proyectos, abusando intencionalmente del poder, de los recursos humanos y del financiamiento.

Corrupción es sustituir valores éticos como la solidaridad y la honestidad además de la responsabilidad. Es la falta de transparencia en el ejercicio de las funciones- Es la acción de pervertir, dañar, echar a perder, pudrir. (RAE).

¿Pero de qué hablamos cuando hablamos de corrupción? Para Peter Eigen, fundador de Transparency International, «es un abuso de confianza, una utilización fraudulenta, del poder otorgado a ciertos actores para que lo usen en bien de quienes se lo otorgan y sin embargo ejercido para beneficio privado».

La ley 18.056 aprueba la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción (año 2006 suscrita en Mérida), habiendo adherido también a la Convención Interamericana contra la Corrupción, en el marco de la OEA, en el año 1996. [Ley 17.008]-(09/1998) – El marco conceptual entiende que «es una plaga insidiosa que tiene un amplio espectro de consecuencias corrosivas para la sociedad, socava la democracia y el estado de derecho y da pie a violaciones de los Derechos Humanos, distorsiona los mercados, menoscaba la calidad de vida y permite el florecimiento de la delincuencia organizada…».

¿Y cuál es la antesala de la corrupción en la salud? – Los conflictos de intereses o la conjunción de intereses. El Código de Ética Médica [ley 19.286] en su art.31 registra: «Es inadmisible que el médico…en ejercicio de un mandato electivo o de una función administrativa haga valer su posición en beneficio propio».

Esta es una de las responsabilidades que la ley le atribuye al Colegio Médico que si bien sus dictámenes no son vinculantes, deberían, al menos, denunciar los apartamientos de la ley cosa que no parece acontecer por motus propio, pues también está bajo conjunciones de interés quedando sólo en lo declarativo, por ahora.

Uruguay cuenta con distintos organismos como la Junta de Transparencia Pública, Uruguay Transparente, Contencioso Administrativo, y leyes y decretos al respecto; últimamente la ley 19.823 o Código de Ética de la Función Pública del 09/2019.

Que recogemos de la realidad: una heterogeneidad de factores no éticos y de irresponsabilidades administrativas que conllevan además un beneficio económico que atenta contra los colectivos.

No hace tanto, cuando se cesaba un jerarca sin fundamentos claros, el cargo gremialmente era declarado “en conflicto” en lo público y lo privado, era una herramienta ante la injusticia, de índole gremial, en tanto hoy se crea el conflicto con tal de cumplir fines inescrupulosos económicos y políticos partidarios y satisfacer inmorales.

Existe el acoso sexual y el laboral dentro de las jerarquías sin ningún rubor, el abuso de autoridad, el manejo mafioso donde los postergados médicos y funcionarios acatan o pagan con su salario y ocupación, los principios cooperativos son ignorados y los recursos se evaden sin control, las anónimas cobran por recursos humanos y físicos que ya están incluidos en sus tarifas, sus miembros a la vez digitan las compras y convenios desde la cooperativa integrada por sí o por familiares directos.

Lo peor es la incapacidad notoria como profesionales y la no responsabilidad por ello, de quienes aceptan y quienes las digitan. Ni hablemos de concursos y capacitaciones que no son tenidas en cuenta, ni siquiera dictámenes de la Facultad de Medicina.

La intromisión político partidaria en decisiones técnicas ha servido para ahondar más los daños sin hacerse cargo de las decisiones. Nadie evalúa, tampoco saben cómo hacerlo ni lo consideran necesario, se abortó el futuro de las nuevas generaciones profesionales mostrándoles un horizonte negativo y “podrido” (RAE), como si fuera lo normal.

El órgano directivo puede ser alcanzado por la responsabilidad penal si se demuestra que no ha cumplido con la adecuada o correcta selección de la persona a quien delega funciones específicas. (Juan Rodríguez-Estévez/Argentina).

Mucho trabajo aguarda a la Dirección general de Salud del MSP, la Junasa, Dirección de ASSE, organizaciones gremiales médicas y éticas, de fiscalización y corrección de los desvíos legales y éticos.

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