La ley y el fascismo siglo XXI
Ricardo J. Lombardo
La necesidad de disminuir la movilidad frente a la imposibilidad de controlar el Covid19 antes de que el nivel de vacunación haga lo propio, ha instalado un interesante debate en la opinión pública.
Algunos sostienen que se trata de una cuestión de la conducta individual de cada uno de los ciudadanos y otros dicen que el Estado debería recurrir a las medidas represivas que se impusieran sobre la voluntad de cada uno y la sometiera al interés colectivo.
Unos son acusados de insensibles frente a la cantidad de muertos que se producen día a día por esta enfermedad, y los otros son tildados de autoritarios y que quieren preparar la instalación de un estado totalitario.
Como siempre, cuando se debaten estas cosas a nivel público, los enfoques son binarios, radicales, excluyentes, muchas veces disparatados, y ofrecen poco camino para articular soluciones de consenso.
Nosotros, sin embargo, hemos sostenido que si bien el combate a la pendemia termina dependiendo de la conducta de cada uno, puede ocurrir que haya gente irresponsable que con su comportamiento dañe a los ciudadanos que asumen totalmente la responsabilidad de sus conductas frente al coronavirus, y es necesario que el Estado actúe mediante el instrumento fundamental que existe en una república: la ley. O sea que los que pongan en riesgo la salud colectiva puedan ser reprimidos, acusados y condenados por la justicia.
Hasta ahora, el artículo 224 del Código Penal refiere a las violación de las disposiciones sanitarias como un delito de daño, o sea que solo se incurrirá en su violación si se comprueba un perjuicio efectivo a la salud individual o colectiva, por lo cual era muy difícil para la fiscalía acusar a los irresponsables que promueven actividades que facilitan la expansión del virus sin poder comprobar el daño efectivo y directo.
Pero el jueves pasado, la Comisión de Constitución y Legislación del Senado aprobó una modificación a ese artículo, convirtiendo el delito de daño en delito de peligro. O sea que no es necesario comprobar el daño efectivo sino que alcanza con poner en peligro la salud de la población para que sea objeto de una acción judicial y una pena que puede ir de 3 a 24 meses de prisión.
Este proyecto pasará al plenario del Senado la próxima semana y es de esperar que haya un rápido tratamiento en Diputados.
El Uruguay, en lugar de recurrir al toque de queda como algunos alientan (aunque esta figura no existe en la legislación uruguaya) o a las medidas prontas de seguridad (que no serían aplicables en este caso) recurre a la ley como mecanismo para restringir la movilidad según reclaman los científicos a los efectos de controlar la expansión del Covid 19
Inexplicablemente, los cuatro senadores frenteamplistas que integran la Comisión votaron en contra. Sería bueno que en algún momento expusieran públicamente sus argumentos, porque esta negativa resulta sorprendente y nos quita como país la posibilidad de mostrar un consenso en el funcionamiento ejemplar de las instituciones a través de la actitud política de todos los sectores frente a la emergencia que atravesamos.
De todos modos este funcionamiento republicano de nuestro país, puede exponerse como las antípodas de este fascismo siglo XXI que opera del otro lado del Rio de la Plata, donde el gobierno nacional aprobó, mediante un decreto de urgencia, restricciones draconianas para el Área Metropolitana de Buenos Aires (ciudad y provincia), que demandarán la intervención de la fuerza pública a la manera de un estadio policíaco.
Incluso la decisión desató una fuerte controversia entre el presidente Alberto Fernández y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta, porque este último está intentando resistir la aplicación de semejantes medidas denunciando el atropello a la Suprema Corte de Justicia.
Mientras tanto, en nuestro país, es la ley la que permitirá que la policía actúe, la fiscalía acuse y la justicia condene, con todas las garantías constitucionales y legales.
No se dejará desamparados a los ciudadanos responsables si se entiende que hay que hacer cumplir las restricciones, (las existentes o las que se considere del caso implantar), ni se caerá en un mecanismo autoritario tipo fascismo siglo XXI.
Pienso que este proyecto de ley marca un camino absolutamente compartible.