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Una nueva agenda de reformas de la educación superior

Claudio Rama

El Poder Legislativo aprobó la Ley Nº 20.035 el 20 de mayo de este año por la cual se ratificó el Convenio Regional de Reconocimiento de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior de América Latina y el Caribe, impulsado por la UNESCO y firmado por diversos países el 13 de julio del 2019 en Argentina. Este modifica un viejo Convenio previo de Reconocimiento de Títulos del año 1974 que nunca llegó a instrumentarse al implicar que el reconocimiento daba acceso automático a los mercados de trabajo profesionales, por lo que varios países lo denunciaron o no ejecutaron. En aquel entonces la movilidad académica además no tenía la dimensión actual. Por ello, la UNESCO en las últimas décadas ha impulsado un nuevo Convenio más flexible en la dirección de la movilidad académica. Como Director del IESALC-UNESCO impulsé en el 2004 y 2005 varias reuniones intergubernamentales de trabajo, que llevaron a formular una propuesta de reconocimiento de los títulos sujeto a la acreditación, pero que igual no logró los consensos necesarios. En los últimos años, una nueva propuesta aún más flexible, logró ser consensuada, y está en vías de constituirse en una Convención internacional cuando una serie de países la ratifiquen e incorporen en sus normativas nacionales. Es una agenda que se introduce en las políticas internas para impulsar la armonización de los sistemas nacionales de educación superior. En tal sentido, el Parlamento de Uruguay aprobó dicho Convenio por unanimidad, y fue promulgado por el Poder Ejecutivo, estableciéndose un conjunto de criterios para facilitar el Reconocimiento de los Títulos. En el Convenio se abandona el camino de reconocimiento automático y se establecen obligaciones nacionales de la oferta, y que en el país se constituyen en ejes de nuevas políticas enmateria universitaria. Ellas expresan además políticas internacionales, lo cual facilitó su aprobación por unanimidad y sin particulares debates ideológicos o políticos que han limitado el accionar legislativo. El Tratado busca facilitar la movilidad regional de los estudiantes, graduados, docentes e investigadores universitarios a través del reconocimiento de estudios y títulos de educación superior en América Latina y el Caribe, basado en determinados criterios tales como la existencia de un sistema de créditos académicos, de un suplementario del título por competencias, o el corresponder a períodos completos de estudios. Es un reconocimiento que se debe realizar además sin discriminación entre la adquisición deun aprendizaje formal, informal, de modalidad, tradicional ono, incluyendo aprendizaje abierto y a distancia, bajo la cual se desarrollaron los estudios o se adquirieron los títulos odiplomas. El objeto del Convenio es fundamentalmente contribuir a una mayor movilidad académica para la prosecución de estudios académicos de posgrado, o de un ejercicio laboral para docentes e investigadores, e indirectamente facilitando el reconocimiento de los estudioscon miras laborales acorde a las normativasnacionales. El Convenio no introduce cambios significativos en el marco actual de los reconocimientos u homologaciones, que siguen sujetos a los criterios de cada país, ni establece el reconocimiento automático a los programas acreditados, ni mucho menos el acceso general a los mercados de trabajo, pero contribuye a reducir las múltiples dificultades existentes especialmente en lo académico. El reconocimiento de los títulos es un acto administrativo emitido por las autoridades nacionales competentes que otorga el carácter oficial, nivel y valor académico a dicho certificado o diploma de educación extranjera o de aprendizajes o de estudios parciales previos, con lo cual se generanderechos académicos en igualdad a los poseídos por nacionales con similares estudios, títulos y diplomas. Ello exclusivamente en relación a la continuación de los estudiosen posgrados, el ejercicio de actividades académicas de enseñanza oinvestigación en educación superior exclusivamente, o para facilitar el reconocimiento de títulos profesionales para su uso de acuerdo a las normativas nacionales que existan. Pero al tiempo, al introducirse en las formas de las dinámicas educativas imponiendo compromisos obligatorios de política para los países signatarios, se constituye en un eje de las políticas de educación superior en los próximos años en el país. Los centros de estas acciones y compromisos futuros están dados por: a). Compromiso público de adoptar un suplemento al título (SAT), con una terminología, niveles de logro y categorizaciones similares, ajustado a la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE) donde se describan la índole, el nivel, el contexto, el contenido y la condición de los estudios que haya cursado y terminado la persona cuyo nombre figura en el título originalal que se anexará este suplemento. A partir de ahora existirán dos certificaciones: el título y el suplementario, siendo éste claramente por competencias profesionales. b). Creación de una agencia de aseguramiento de la calidad para toda la educación superior, como eje para facilitar la movilidad y sobre estándares que permitan serreconocidos por todos. c). Establecimiento de un Sistema de créditos académicos para describir a los programas de educación basados en la carga de trabajo del estudiante, los resultados del aprendizaje y las horas de contacto o presenciales, entre otros, que también implica un enfoque por competencias. Estas políticas están articuladas a las transformaciones en curso a escala global de los sistemas de educación superior en tanto ejes de la conformación de políticas sistémicas de calidad, de mecanismos para facilitar la movilidad académica y la internacionalización. En este punto, y asociado al Convenio Regional de Reconocimiento de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior de América Latina y el Caribe de la UNESCO, el año pasado con la LUC se aprobó un nuevo sistema de reválidas y reconocimientos de títulos a cargo del MEC con el pasaje desde una gestión a cargo de la UDELAR a su control del MEC, articulado a este propio Convenio que propendía a una ejecución más sistémica, integral e independiente de las instituciones. Incluso el Convenio establece que los plazos de reconocimiento sean razonables y especificados de antemano, algo que no se producía. En este sentido, los nuevos ejes en curso futuro de políticas universitarias (título suplementario, créditos académicos y agencia de acreditación) son parte de una nueva agenda de reformas de la educación superior en estos tiempos.

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