cronicas parlamentarias

ASSE nunca pagó pólizas por accidentes de trabajo

El 14 de julio el vicepresidente de ASSE, Marcelo Sosa, compareció ante la Cámara de Representantes para analizar la situación de los llamados “recuperos” por los tratamientos brindados por ASSE a funcionarios de la Administración, y la falta de recursos para hacerse cargo de las pólizas.

SEÑOR SOSA.- Tuvimos acceso a la versión taquigráfica de la sesión en que se trató este tema porque nos la hicieron llegar. Mi intención es hacer una pequeña introducción y manejar algunos conceptos. Después, si los señores senadores lo entienden oportuno, nos realizan algunas consultas.

Cuando asumimos tomamos conocimiento de una serie de juicios que el Banco de Seguros estaba iniciando a la Administración por recuperos de tratamientos brindados a funcionarios de ASSE por accidentes de trabajo. Esa situación debía ser aclarada.

Por otro lado, desde que está en vigencia la ley, ASSE nunca pagó las pólizas. Esa fue una decisión política, pero estuvo basada en razones económicas: nunca hubo presupuesto destinado para el pago de las pólizas de nuestros trabajadores, de nuestros funcionarios, dado el alto costo que eso significaba para la Administración. Fue así que todas las administraciones, sin importar el color partidario, tomaron esa decisión. Está presente el contador Behrend y, si los señores senadores así lo entienden, más adelante nos puede ilustrar, con números más concretos, cuánto costaría pagar esa póliza.

Lo primero que hicimos fue juntarnos con el Banco de Seguros del Estado para ver cómo podíamos solucionar la situación, pero los números que nos daban para pagar las pólizas seguían siendo demasiado elevados y ASSE no contaba con esos recursos. A su vez, empezamos a estudiar más en detalle la situación legal.

Sobre esa base, queremos manejar algunos conceptos. Acá se dijo que los funcionarios de ASSE eran los únicos que habían quedado excluidos de las prestaciones del Banco de Seguros del Estado. Eso no es así. En realidad, el personal de las Fuerzas Armadas y del Ministerio del Interior también lo están, pero ASSE es el único efector público de salud que tenía la obligación de atender a sus funcionarios en el Banco de Seguros. Es decir que la situación es al revés; de los tres organismos –Sanidad Policial, Sanidad Militar y ASSE, que son los públicos–, ASSE era el único.

El fundamento por el cual se decidió o se propuso esta solución es que, básicamente, muchos de esos servicios, sobre todo desde el punto de vista asistencial, los podemos brindar en nuestra propia institución. ASSE es la principal prestadora de salud del país, está en todo el territorio nacional y, por lo tanto, muchos de los accidentes de trabajo –la gran mayoría– pueden ser atendidos en nuestros propios servicios. Es más, llevamos la cuenta y en los últimos cuatro años solo hubo seis casos que, eventualmente, dada la especificidad que tiene el Banco de Seguros del Estado, podrían haber sido derivados allí. Por lo tanto, el fundamento de este artículo, y así fue sugerido, es que ASSE se haga cargo de la prestación asistencial y, obviamente, en caso de que así lo amerite –no porque ASSE no lo pueda hacer, sino porque el Banco de Seguros del Estado tenga, en virtud de su especificidad, algún tipo de tecnología o de tratamiento más adecuado–, conveniar con el banco, y es en lo que estamos trabajando para esos casos específicos. Además, cuando se daba este intercambio, es decir, cuando el Banco de Seguros del Estado inició los procesos judiciales, nos encontramos con una situación bastante compleja porque la ley de accidentes de trabajo establece el juicio ejecutivo. Este hace que, una vez que ha sido iniciado, se debe pagar, además de los gastos generados y de lo que significó para el banco atender a nuestros funcionarios, las costas del juicio. Para esto generalmente intervenían abogados supranumerarios que, al gasto que había realizado el banco, le adicionaban el porcentaje correspondiente a sus honorarios y a los gastos judiciales. Entre organismos del Estado existían abogados particulares que obviamente cobraban por su trabajo. Esta situación generaba que la deuda fuera aún mayor.

Hoy, con esta solución estamos cumpliendo con la ley. Es un hecho no menor, pues durante todos estos años no se cumplió con la ley. Si bien se establecía la obligatoriedad de pagar las pólizas, ASSE no lo hizo durante las sucesivas administraciones. Entonces, había un incumplimiento de la ley y, además, una situación onerosa desde el punto de vista económico para nosotros y, por un tema de gestión, perjudicial para el Estado.

Entendemos que podemos cumplir con las prestaciones asistenciales en su gran mayoría, y en caso de no poder hacerlo la intención de ASSE –ya lo hablamos con el banco– es conveniar para esos casos específicos. Obviamente esto generó una tarea administrativa interna a partir del comienzo de la vigencia de la última rendición de cuentas, o sea a partir del 1.° de enero del presente año, pues se hizo todo un mecanismo interno en ASSE que lo manejó la gerencia de Recursos Humanos, por el que se llevó un seguimiento de cada accidente de trabajo y también se guio al trabajador.

Si los senadores lo consideran pertinente, la doctora Pecoix podrá ilustrarlos mejor sobre los detalles de cómo funciona, pues vi que había algún cuestionamiento de cómo ASSE se había organizado al respecto.

Desde el 1.°de enero a la fecha tenemos –y lo puede explicar mejor la doctora Pecoix– 44 accidentes laborales en ASSE. Estamos a siete meses de vigencia de la ley y de esos 44 casos –de los cuales se hizo un seguimiento uno a uno y se realizó una encuesta de satisfacción al funcionario– no hubo una queja, en todos los casos quedaron conformes. Cuando se aplica una ley lo importante es ver cuáles fueron sus resultados. Al día de la fecha son satisfactorios en un cien por ciento. Estamos muy conformes con la atención que ASSE ha brindado a los funcionarios que se han accidentado.

Con respecto a los asegurados del interior del país, quiero destacar que el Banco de Seguros del Estado convenia con la asistencia privada. Muchas veces teníamos esa situación paradojal de que un funcionario en el Hospital de Maldonado, por ejemplo, que se pinchaba un dedo y sus compañeros no lo podían atender en el propio hospital. Tenía que ir a atenderse a la asistencia privada y después el Banco de Seguros del Estado nos cobraba. Es decir, se trataba de una situación que nosotros podíamos resolver.

A veces, es mejor y más práctico para el funcionario resolver la situación en su propia unidad ejecutora y en su lugar de trabajo, pero estábamos vedados de hacerlo porque la normativa decía que sí o sí debía atenderlo el Banco de Seguros del Estado. Este lo hacía con la privada y después nos cobraba.

Esa situación nos parecía bastante paradojal porque ASSE es el principal prestador de salud del Estado, y estamos en condiciones de brindar –en más del 90 % de los casos, salvo que sea algo muy específico– la atención a nuestros funcionarios en caso de accidente laboral. Sin embargo, estábamos vedados de hacerlo.

A partir de la vigencia de este artículo, esa situación no se ha repetido porque hoy es ASSE la que brinda la atención. En casos de incapacidades permanentes o temporales, ASSE ya pagaba eso, porque el banco lo liquidaba y nos cobraba. Ahora, en caso de que exista –por suerte, en lo que va del año no ha ocurrido ningún accidente laboral de esa índole–, se lo pagamos en forma directa. Antes ni siquiera podíamos cuestionar los números que el Banco de Seguros del Estado nos liquidaba.

En definitiva, entendemos que esta ley, por una cuestión de buena gestión, cumple una serie de situaciones que, en su momento, no fueron previstas por el legislador, como que un prestador público como ASSE no pudiera, en caso de un accidente de trabajo, auxiliar y atender a sus propios funcionarios. Esa fue la situación que llevó a que se sugiriera la aplicación de este artículo.

A efectos de manejar una cifra de deuda con una quita que el Banco de Seguros del Estado nos podía llegar a hacer, en setiembre de 2021, rondaba los $ 87:000.000, obviamente, sin los honorarios de los profesionales, en el caso de que los juicios prosperaran. Esa es, reitero, la situación que nos llevó en su momento a sugerir este artículo a los señores legisladores y que se aprobó en la última rendición de cuentas.

Hemos escuchado la crítica de que los funcionarios quedaron sin prestación. No es que se queden sin prestación; cambió el prestador. Un servicio que antes era brindado por el Banco de Seguros del Estado, ahora ASSE lo brinda a sus propios funcionarios. Tenemos casos paradojales –reitero– de funcionarios que no se podían atender en su propio hospital.

De un análisis realizado por la gerencia de Recursos Humanos surge que la mayoría de los casos de accidentes laborales obedece a lesiones con elementos cortopunzantes y a pinchaduras, que son situaciones que uno las puede solucionar en su propio lugar de trabajo y en su propia unidad ejecutora. Por ejemplo, de cuarenta y cuatro incidentes cortopunzantes, diez fueron por un accidente con un elemento cortopunzante; once, por caídas; cuatro, por esfuerzos excesivos; cinco, por heridas cortantes, etcétera. Son incidentes que se pueden solucionar y hasta de una forma más práctica para el propio funcionario que se atiende –repito– en su propio lugar de trabajo y en el momento en que le ocurre. Hemos llegado a decir: no te puedo atender, lo tiene que hacer el banco.

Esa situación, con esta nueva normativa, se ha solucionado. Es más económico para el Estado y –repito– tenemos bien presente los intereses y derechos de nuestros funcionarios. En el caso de que ASSE entienda que es el Banco de Seguros del Estado el que debe actuar en algún tipo de tratamiento especial para recuperarse de algún accidente laboral específico, nuestra intención es conveniar con el banco. Repito que el promedio de los últimos años fue de 1,5 casos por año. No tiene lógica que estemos obligados a pagar al banco todas las demás intervenciones que perfectamente podemos hacer con nuestro propio presupuesto por un caso y medio por año. Si, eventualmente, ese tratamiento fuera mejor en el Banco de Seguros del Estado, existe la posibilidad de realizar un convenio entre el propio Estado y el banco pagándole por ese caso y no por otros que podemos solucionar hasta de una forma más práctica para nuestros trabajadores porque, repito, se atienden en su propia unidad ejecutora.

Creo que con esto hice una pequeña introducción de la situación, pero si los señores senadores quieren profundizar más en los números o en cómo estamos organizados con nuestros protocolos en recursos humanos para el caso específico de los accidentes, la doctora Ana Campo, directora de la División Contencioso –que tiene a su cargo los juicios que el Banco de Seguros nos ha realizado en forma histórica, está en condiciones de dar detalles de la cantidad de juicios y de los montos. La delegación que me acompaña es nutrida, pero tiene como cometido que los legisladores obtengan todos los elementos que necesiten para aclarar este punto.

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